No quiero que siga en el local
¿Se prorroga un contrato de arrendamiento de un local si el inquilino sigue pagando?
Usted tiene un local alquilado y, aunque le ha comunicado al inquilino que no quiere renovar el contrato, éste se ha quedado y sigue pagando las rentas. En este caso, ¿se ha renovado el contrato?
El contrato de arrendamiento se pactó por una duración de tres años; y, pese a haberle comunicado al inquilino con la antelación pactada y un medio fehaciente (burofax) su intención de no renovarlo, éste ha hecho caso omiso.
Pues bien, en estos casos, si llegada la fecha de vencimiento el arrendatario sigue ocupando el local, usted podrá presentar una demanda de desahucio en la que solicite su desalojo. Ante dicha demanda, puede encontrarse con que su inquilino alegue, precisamente, que ha ido pagando las rentas hasta ese momento y que, por ello, ha habido una prórroga tácita del contrato y tiene derecho a seguir ocupando el local.
Pero… ¿qué dicen los tribunales al respecto? En casos en los que el arrendador ha comunicado fehacientemente y con la debida antelación la intención de no renovar el contrato, los tribunales consideran que no existe una prórroga contractual, aunque se haya aceptado el pago de las rentas por parte del inquilino.
En cualquier caso:
- Para evitar este tipo de situaciones, pacte en el contrato de arrendamiento una penalización económica por cada día que el arrendatario siga en el inmueble una vez expirado el contrato. Esto le incentivará a desalojar el local y evitará un procedimiento judicial.
- Si, pese a ello, el inquilino no lo abandona, podrá reclamarle el pago de la penalización pactada (además de las rentas que se devenguen hasta que recupere la posesión) sin tener que probar daños y perjuicios (la penalización será automática).
Nuestros profesionales le asesorarán en la negociación y redacción de contratos de arrendamiento, así como a la hora de presentar una reclamación extrajudicial y/o judicial en caso de incumplimiento.
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